La medida busca garantizar el derecho a la educación sin discriminación ni condicionamientos por imagen personal

Puebla, Pue.— La Secretaría de Educación Pública en Puebla emitió un oficio dirigido a jefas y jefes de sector de telesecundarias en el que establece la prohibición expresa de cualquier práctica que condicione el acceso, permanencia o participación del alumnado por motivos relacionados con su apariencia física.

El documento, sustentado en la Constitución mexicana, la Ley General de Educación y la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, advierte que ningún integrante del personal educativo —directivo, docente, administrativo o de apoyo— podrá imponer medidas relacionadas con el aspecto personal de las y los estudiantes.

Entre las disposiciones, se prohíbe realizar o promover cortes de cabello dentro o fuera de los planteles, así como restringir o negar el acceso a alumnos por razones como el peinado, uso de uniforme o cualquier otro elemento de su imagen.

Asimismo, se establece que no podrán aplicarse criterios discrecionales no previstos en la normatividad, como la longitud del cabello, estilos o uso de accesorios, siempre que estos no afecten el desarrollo de las actividades académicas.

La dependencia estatal también subrayó que cualquier acto de discriminación, exclusión o trato diferenciado basado en la apariencia podría constituir una violación a los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, en particular al derecho a la educación, la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad.

Finalmente, se advirtió que el incumplimiento de estas disposiciones podría derivar en responsabilidades administrativas para el personal que incurra en dichas prácticas.

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