El SAT publicó en el DOF las tablas que establecen las tarifas del Impuesto Sobre la Renta que estarán vigentes en 2021 para las personas físicas.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó este lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las tablas que establecen las tarifas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que estarán vigentes en 2021 para las personas físicas, con lo que se oficializa que este año verán una disminución del impuesto en sus recibos gracias a la inflación.

Como adelantó El Financiero el pasado 17 de diciembre de 2020, el fisco publicó hoy lunes 11 de enero el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021, el cual contiene las tarifas para el cálculo del impuesto que reconocen el efecto inflacionario que marca la propia Ley del ISR.

La Ley del ISR prevé que las tarifas que se aplican en el cálculo del impuesto que pagan las personas físicas se actualicen de conformidad con el aumento inflacionario cuando este rebase 10 por ciento desde la última ocasión que hubiera sido actualizada.

La última vez que estas tarifas se actualizaron fue en diciembre de 2017, por lo que la actualización se hizo efectiva a partir del 1 de enero de 2018.

Dado lo anterior, la tarifa del impuesto debía ser actualizada para este ejercicio 2021, ya que la inflación acumulada desde diciembre de 2017 hasta diciembre de 2020 se ubicó en niveles de 11 por ciento, es decir, se detonó el supuesto jurídico de la Ley del ISR.

Gustavo Leal Cueva, director ejecutivo de Fiscalia.com, señaló en entrevista que este lunes se publicaron las tarifas con las que se calcularán los impuestos de 2021 de las personas físicas. “Como lo habíamos anticipado, las personas físicas van a ver una reducción en su impuesto y en consecuencia van a disponer de más efectivo”, dijo.

Indicó que en los pagos que las personas físicas reciban a partir de este lunes ya se debe de ver reflejado el cambio con la actualización por inflación en la próxima quincena.

En el caso de las personas que ya recibieron su primer pago semanal y no vieron una reducción en el ISR, Leal Cueva dijo que no deben preocuparse porque al final del mes se puede hacer un ajuste con las nuevas tablas.

En ese sentido, David Lozada, consultor fiscal en Aleph Academy, añadió sobre las personas que ya recibieron un primer pago semanal en este año: “En muchos casos se utilizaron todavía las tarifas de 2020 sin actualización, pero la misma Ley permite que al final del mes se haga un ajuste por si se hicieron retenciones de ISR de más, entonces no es tanto problema”.

“Si tenemos una persona con un ingreso base de seis mil pesos mensuales, en 2020 se le retenía un ISR de 112.27 pesos, ahora con esta actualización y sobre el mismo salario, se le retendrán 84.19 pesos, es decir, hubo una disminución de su impuesto de 28 pesos aproximadamente, entonces va a tener 28 pesos más en su bolsillo».

“En el caso de salarios más altos también hay un beneficio. Por ejemplo, alguien que gana 50 mil pesos mensuales en 2020 tenia una retención de ISR de 10 mil 709 pesos, ahora en 2021 la retención será de 10 mil 219, es decir, 490 pesos menos de retención”, expuso.

Lozada apuntó que junto con estas tablas de ISR también se publicaron las tarifas de ese impuesto para 2021 referentes al subsidio para el empleo para trabajadores que ganan el salario mínimo; sin embargo, ese subsidio no se actualizó y se mantuvo en 382.46 pesos mensuales.

“La tabla de subsidio para el empleo no se actualizó y sigue siendo la misma desde 2008, lleva ya 13 años sin actualizarse, entonces, el beneficio de la inflación de reconocer su efecto solo está en el ISR, no en el subsidio. La afectación es que el trabajador de salario mínimo verá un menor beneficio que otros niveles de ingreso”, expuso.

Lo anterior significa que, el trabajador que en 2020 ganaba el salario mínimo mensual de tres mil 745 pesos, pagaba un ISR de 213.82 pesos, mientras que para 2021, el trabajador que gane el mínimo mensual de cuatro mil 307 pesos pagará un impuesto de 246.82 pesos.