Pronuncia SCJN Constitucional la manera en que el Gobierno Federal entregó concesiones a mineras, pese a que el pueblo Masehual de Cuetzalan argumentó que fueron violados sus derechos.

El reclamo de los masehuales de la Sierra Norte para que la ‘Ley Minera’ fuera declarada inconstitucional no fue validado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Fue esté miércoles 13 de enero de 2020, cuando por unanimidad se aprobó el proyecto de Javier Laynez Potisek, el cual sostiene que no es necesario la consulta a los pueblos indígenas.

El amparo 928/2019 fue negado,es así que SCJN determinó que no es necesario incluir el tema de consulta a los pueblos indígenas en todas las leyes del país, a menos que se relacione directamente con los derechos de este sector de la población, lo cual, sostuvo, no es el caso: “la Ley Minera no se relaciona directa y estrechamente con sus derechos y prerrogativas, ni siquiera con el aspecto de autodeterminación”.

Previo a la votación, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) expresó su interés de que la Ley Minera tuviera como principios fundamentales proteger la vida y priorizar el bienestar común, así como garantizar el derecho de consulta de los pueblos indígenas; mientras que el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) llamó a invalidar la legislación por contravenir los derechos de las comunidades.